- 18 de mayo de 2024 -
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Capitani presentó su proyecto de ley del Médico Público

2016-11-23 | Agustin Alarcon

 El Proyecto de Danilo Capitani propone que aquel médico que trabaje en el ámbito público no lo haga en la actividad privada mediante el bloqueo de su matrícula profesional.  Modifica la Ley 9282. Prevé un reconocimiento económico acorde. La norma se aplica ya en España y fue aprobada en la última sesión de la Cámara Alta, espera ahora su tratamiento de diputados.

 
Al fundamentar la iniciativa, el autor e impulsor de la misma explicó que “con el proyecto que hemos presentado se pretende iniciar un proceso de reformulación del desempeño de los profesionales universitarios en el Sistema Provincial de Salud, específicamente en el subsistema público de salud.
 
En efecto, hoy nos encontramos con una comunidad que demanda contar con  servicios públicos de salud;  de acceso oportuno, de trato digno, de calidad, con una rápida atención de la urgencia y con una espera razonable, ya que  estos no solo son un medio para mejorar su estado de salud, también son un bien esencial en sí mismo.
 
Sin dejar de considerar la siempre presente necesidad de inversiones en infraestructura y tecnologías sanitarias pública, no podemos negar la importancia de los recursos humanos que trabajan en los Hospitales Públicos, SAMCos  y Centros de Salud, como factor determinante en la atención médica de nuestros conciudadanos y  en particular, a la calidad del trabajo de los profesionales de la salud.
 
En la actualidad la relación laboral que los profesionales médicos, mantienen con el Poder Ejecutivo Provincial, es conocida por todos: se les exige una prestación de dedicación parcial, medida en números de horas por semana, que induce al pluriempleo o práctica dual de la profesión, buscando complementar sus ingresos en el sector privado.
 
Resulta paradójico que siendo el Hospital Público un formador de recursos humanos de calidad, que ha nutrido con profesionales a diversas ramas del sector privado, no pueda aprovechar al máximo los mismos para una mejora sustancial en la atención de la población.
 
Por un lado  el Estado pone a disposición de la comunidad una prestación de salud de 24 hs, pero los profesionales que deben llevarla adelante están, de acuerdo a la normativa vigente, obligados a trabajar en  horarios fraccionados semanalmente, con remuneraciones no acordes y por lo tanto alentados al pluriempleo, que puede traer aparejado los llamados “comportamientos oportunistas potenciales de la práctica médica”.
 
Los comportamientos oportunistas potenciales tienen su origen en el  estudio de los modelos de conductas del comportamiento médico, en relación a la práctica dual de la profesión ( en el sector público y privado)  y sus consecuencias en el trabajo público.
 
Como “comportamientos oportunistas” podemos distinguir situaciones de ausentismo y elusión de tareas que se manifiestan por la relación entre las horas que el profesional quiere trabajar en función del salario que percibe y las horas de trabajo establecidas por el Estado. Otra forma se presenta cuando en la realización del trabajo diario se reduce la eficacia y eficiencia sanitaria, es decir, disminuye la dedicación y el tiempo efectivo de trabajo en el sector público, para concentrar más esfuerzo y horas en el trabajo privado.
También suele existir situaciones de desvíos de pacientes del sector público al sector privado,  aduciendo diferencias en la calidad de los servicios, o la  existencia de larga espera para la realización de estudios o cirugías. En otras oportunidades se  da el alta a pacientes en el sector público y  su atención es continuada en el sector privado por el mismo médico.
 
Otro fenómeno es la selección de pacientes (cream-skimming), consiste en elegir que pacientes tratar y cómo hacerlo, de acuerdo a la gravedad y la capacidad de recuperarse. Se produce proporcionando más servicios que los necesarios o evitando explícitamente tratar los pacientes más graves. Se destaca que los médicos pluriempleados tienen incentivos para direccionar sus pacientes más leves a su práctica privada.
 
Por último como potenciales comportamientos oportunistas de la práctica médica, mencionamos la apropiación o utilización indebida de recursos públicos. En la literatura se la define formalmente como a la utilización de la práctica pública para la obtención de ganancias privadas, ejemplos: la remisión de pacientes por parte del médico que trabaja en el sector público a especialistas en el sector privado a cambio de compartir el pago por servicio prestado; los denominados pagos informales (pedir a los pacientes públicos un pago privado por servicios que están financiados públicamente); recetar sistemáticamente a sus pacientes fármacos de determinados laboratorios muchos más caros que los genéricos sustitutos, o la utilización de equipamiento público para tratar los pacientes privados.
 
Con la finalidad de atender los reclamos de la población sobre el desempeño de los facultativos en los servicios públicos de salud, proponemos en el presente proyecto, la implementación gradual de la figura del médico público, con dedicación exclusiva al trabajo en el subsistema público de salud. En una primera etapa se prevé la dedicación exclusiva con bloqueo de matrícula para los directores de hospitales y directores médicos de los  Servicios de Atención Médica a la Comunidad (SAMCoS) situados en localidades de más de 10.000 habitantes. Se autoriza al poder ejecutivo a extender en forma gradual las situaciones de bloqueo de matrícula a otros profesionales de la salud y se incrementa la bonificación especial por impedimento legal del inciso b) apartado 4 del artículo 17 de la Ley 9282, como retribución compensatoria.
 
Se exige la presentación de DDJJ que contendrá como mínimo los datos personales, el lugar o lugares y horarios donde desempeña otras tareas profesionales y/o técnicas, debiendo estar certificada por el Colegio Profesional respectivo. La falta de la presentación, la omisión o falsedad debidamente comprobada harán pasible a los agentes de la cesantía o exoneración, de acuerdo a la gravedad de la falta.
 
Se propone que la determinación de los planteles básicos de cada unidad de organización asistencial y sanitaria se realice cada dos años  y dentro del año de concluido el relevamiento se proceda a cubrir las necesidades de recursos humanos resultantes.
 
Estamos convencidos que hay paradigmas que han cambiado y uno de ellos es la tarea de los médicos en relación a sus pacientes; ya no se trata solamente de hacer el mayor bien posible, evitar causar el mal y buscar la excelencia. A la ética tradicional se agrega una ética social que consiste por un lado, en respetar la opinión, la autonomía y derechos de los pacientes; y por otro  el uso de los recursos disponibles con racionalidad.
 
Postulamos que el desempeño de los facultativos  además de proteger y curar  es la de gestionar enfermedades, pacientes y recursos, porque la salud de la comunidad debe ser concebida como una cuestión social, específicamente como un derecho social.
 
Debemos ser conscientes del esfuerzo que se le exige a la comunidad para financiar la totalidad del sistema de salud, y si bien siempre las necesidades superan los niveles de gasto, se pretende con esta iniciativa dar un pequeño paso en el camino adecuado para hacer más eficiente la atención médica en los servicios públicos de salud” finaliza el fundamento del Senador Capitani.
 
Foto: Gálvez Hoy

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